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El Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) es la herramienta que permite a las autoridades sanitarias identificar y controlar a las empresas alimentarias que operan legalmente en España. Se trata de una base de datos pública, gestionada por la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), cuyo objetivo es proteger la salud pública y garantizar el cumplimiento de la normativa de seguridad alimentaria.
 
La inscripción en el RGSEAA es obligatoria para las empresas con sede en España que desarrollan actividades como la elaboración, transformación, envasado, almacenamiento, distribución, transporte o importación de alimentos. También deben registrarse los operadores de materiales en contacto con alimentos y los fabricantes de coadyuvantes tecnológicos. Los establecimientos de comercio minorista (bares, restaurantes o supermercados) se inscriben en registros autonómicos.
 
El proceso de registro comienza con la comunicación del operador a la autoridad competente de su comunidad autónoma. Tras la revisión y validación de la documentación, la AESAN asigna el número RGSEAA de ámbito nacional. Este registro es un requisito imprescindible para operar, aunque no exime al operador de su responsabilidad en el cumplimiento continuado de la legislación alimentaria vigente.

RGSEAA y control analítico 

La inscripción en el RGSEAA implica demostrar que la empresa aplica sistemas eficaces de autocontrol y cumple con los requisitos higiénico-sanitarios exigidos por la normativa. En este contexto, los análisis microbiológicos, fisicoquímicos y de seguridad alimentaria, así como el asesoramiento técnico especializado, son herramientas clave para garantizar el cumplimiento legal y afrontar con garantías las inspecciones oficiales.
 
El apoyo analítico y técnico que podemos ofrecer desde Elkolab permite a las empresas alimentarias mantener sus procesos bajo control y respaldar documentalmente su inscripción y actividad en el RGSEAA.

Preguntas frecuentes sobre el RGSEAA

  • ¿Es obligatorio disponer de número RGSEAA para operar? Sí, para las empresas incluidas en su ámbito de aplicación, el RGSEAA es un requisito legal imprescindible.
  • ¿El número RGSEAA debe aparecer en el etiquetado? No, salvo en el caso de productos de origen animal que deban llevar la marca de identificación según la normativa europea.
  • ¿El RGSEAA sustituye otros registros? No. Existen registros autonómicos y sectoriales que pueden ser de aplicación según la actividad.
  • ¿Una empresa registrada queda exenta de controles? No. El operador sigue siendo plenamente responsable del cumplimiento de la legislación y está sujeto a controles oficiales.

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